En las últimas semanas, una propuesta de ley sobre delitos informáticos
ha creado inconformidad entre los ciudadanos de Perú. A inicios de
julio, el Congreso presentó un borrador de enmienda para el Código Penal
que incluiría nuevos delitos vinculados con el uso de tecnologías de
información. Por esa razón, la sociedad civil se ha movilizado para frenar esta iniciativa, juntando más de cinco mil cartas enviadas a los asambleístas a través de Access.org.
La aprobación de la propuesta se ha llevado de forma acelerada -se
espera que, de un momento a otro, se convoque a una votación final- por
lo que la gente está metiendo presión para que se regrese a discusión en
la Cámara.
Entre los puntos de esta ley,
se permite a la policía solicitar datos personales (nombre, dirección,
teléfono, dirección IP e historial de llamadas) a los proveedores de
servicios de Internet (ISP), sin una orden judicial y con un plazo de entrega de 48 horas. Al igual que otras propuestas alrededor del mundo -por ejemplo, la reforma de la Ley de Geolocalización en México-,
se le dan facultades extraordinarias a la policía sin necesidad de la
intervención de los tribunales. Esto conlleva un riesgo para el derecho a
la privacidad de los usuarios, así como contradice la Constitución
peruana vigente.
La ley de delitos informáticos supone una amenaza a la libertad de expresión y al anonimato en la red.
Por ejemplo, existen numerosas denuncias por casos de abuso de empresas
mineras contra poblaciones pequeñas, las cuales son prácticamente
barridas para que las compañías hagan la explotación de las vetas. Bajo
este nuevo marco legal, la identidad de un denunciante no estaría
debidamente protegida, pues bastaría un policía corrupto por las mineras
para que se tuviera acceso a sus datos personales. Este escenario no
sólo atenta contra las libertades del ciudadano, sino que inhibe la actividad de la denuncia bajo el temor de las represalias.
Otra de las críticas es que la ley es ambigua, fue redactadas sin
consulta pública y contiene sanciones injustificadas. Por ejemplo, se
proponen de uno a tres años de cárcel por acceso sin permiso a sistemas
de información o interferencia de datos; 1 - 4 por daños a un sistema o
sustracción de información; 2 - 6 años por alterar o recibir datos sin
autorización (¿qué datos?, ¿qué autorización?); 2 - 5 por suplantación
de identidad y venta de contraseñas; y 1 - 6 por “fraude informático”.
Como se puede ver, la ley mete todo en el mismo saco, dejándola abierta a
una interpretación demasiado flexible.
Para añadir más defectos, se ha reportado que el preámbulo de la propuesta fue plagiada de diversos sitios web.
El Presidente de la Comisión que redactó la ley señaló que, en efecto,
hay partes del documento que literalmente fueron “copiadas y pegadas”
sin citar, justificándolo por tratarse de un borrador y de usar los
fragmentos sólo como referencia. Ante este problema, no es de extrañarse
que la sociedad civil se alarme por esta legislación, por lo que se
busca que otros agentes (abogados, expertos, medios y comunidad en
general) puedan proponer modificaciones a la redacción del documento.
Aún están a tiempo.
http://alt1040.com/2012/08/peru-delitos-informaticos
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